El Supremo retrotrae al TSJ el proceso del plan parcial de la urbanización Los Lagos de Alginet
Otra sentencia reconoce que la presidencia legítima de la Sociedad Civil Particular corresponde a Rosa Fina Ibor y no a Rosario Bravo
Una sentencia del Tribunal Supremo ha declarado nulos los autos dictados por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana el 10 de enero y el 31 de mayo de 2011 sobre el plan parcial de la urbanización Los Lagos de Alginet.
La resolución judicial, a la que ayer tuvo acceso LAS PROVINCIAS, retrotrae este proceso a la entidad jurídica anterior, en este caso el TSJ, y le pide que resuelva «sobre la posible concurrencia de causa de imposibilidad legal para la ejecución de la sentencia y, en su caso, sobre las consecuencias legales de ello derivadas».
El proceso comenzó hace alrededor de 40 años cuando el Ayuntamiento embargó propiedades de Suelo Español para pagar a los propietarios y poder hacer la urbanización. Sin embargo, un tiempo después, y según explicaron fuentes de este colectivo, el Consistorio «levantó el embargo por sí mismo sin poder hacerlo».
Ya en 2007, se le dio la razón a la Sociedad Civil Los Lagos, se señaló que el levantamiento del embargo no estuvo bien hecho por parte del Consistorio y reconocía una indemnización de 3,6 millones de euros que pedían los vecinos. Ahora, seis años después, el proceso deberá volver al TSJ. Así, también queda por resolver y por determinar la cuantía de la posible indemnización solicitada por parte de la Sociedad Civil Los Lagos hacia el Ayuntamiento.
Así, la sentencia del Supremo acoge el primero de los motivos planteados por el Ayuntamiento recurrente y declara que no concurre causa de imposibilidad legal para la ejecución de la sentencia del TSJ de 2002 y confirmada por el Supremo en 2007 sobre la inscripción registral. El Supremo no condena en costas a ninguna de las dos partes litigantes.
El autor de este texto es Manuel García. Leer noticia completa en lasprovincias.es.
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