La juez de Alzira inicia los trámites para revocar la censura a la prensa
Martes, 8 de julio de 2014 | e6d.es
• La responsable emite una providencia en la que pide a las partes que se pronuncien acerca de la medida
La juez de Alzira que dictó una providencia en la cual acordaba oficiar a los medios de comunicación para prohibirles dar cualquier información acerca de una factura ha iniciado ya los trámites para revocar esta insólita decisión. La factura la emitió el despacho de abogados Llácer&Llácer por la defensa de un funcionario municipal y generó las quejas de parte de la oposición. Tal y como explicó la responsable este fin de semana, a través del Tribunal Superior de Justicia, se trataba de una resolución que había dejado redactada la titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 -actualmente se encuentra de permiso- y a la que ella, juez de Adscripción Territorial, había puesto la firma. Ayer, lunes, el primer día que acudió al juzgado, comenzó los trámites para anular esta medida, calificada por varios abogados consultados por LAS PROVINCIAS como «disparate». No obstante, la juez no puede modificar el contenido de la providencia sin dar traslado a las partes personadas en la causa. Eso es precisamente lo que hizo ayer a través de una nueva providencia. En este escrito da un plazo de cinco días a las partes para que presenten «las alegaciones que se consideren procedentes sobre la posible nulidad de actuaciones, con aportación documental en su caso». Una vez agotado este periodo y con independencia de lo que planteen las partes respecto a la citada prohibición, la titular emitirá una resolución por la que quedará sin efecto su primera medida, según indicaron desde el TSJ. Esto podría suceder la próxima semana. Vanesa Pérez, la juez de Adscripción Territorial, ya manifestó su intención de rectificar una medida de este tipo para la que considera que no existe justificación tratándose de unas diligencias previas. Ella llegó al juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Alzira a principios de julio. El error nace, pues, de su antecesora, Elena Amorós. Un funcionario del juzgado redactó la providencia e incluyó las medidas cautelares del querellante sin reparar en la gravedad de la solicitud. A continuación, la titular la firmó. Esta providencia, además, incluía la prohibición para el partido político Més Algemesí de poder realizar manifestaciones sobre la factura emitida por el despacho de abogados de Antonio Llácer junto a la imputación del propio Josep Antoni Bermúdez y de su grupo político. Precisamente desde esta formación, su portavoz, Josep Antoni Bermúdez, acusó al abogado Antonio Llácer de acusar «falsamente» a la interventora municipal de «persecución» contra él y de que ésta pudo cometer presuntas infracciones penales. Bermúdez afirmó que todos los informes técnicos que ha recopilado «demuestran que el informe de la interventora era totalmente correcto». En el mismo, la interventora recordaba, en primer lugar, que la cantidad recogida en la factura de 28.100 euros «excedía la cuantía establecida para los contratos menores de servicio» que sitúa el límite en 18.000 euros más IVA. Además, la interventora destacaba en su informe que existía «prohibición para contratar por incompatibilidad prevista en el artículo 60.1.1 del citado texto refundido de la ley de contratos de sector público, puesto que el cónyuge de un cargo electo del Ayuntamiento de Algemesí participa en un porcentaje superior al diez por cien en la empresa». M. García/A. Rallo. Leer noticia completa y ver hilo de debate en lasprovincias.es.