Aforado: "que goza de fuero", es decir, de "privilegios y exenciones" y de una "competencia jurisdiccional especial que corresponde a ciertas personas por razón de su cargo". Esta es la definición que la Real Academia Española hace del nuevo título que el Gobierno acaba de otorgar a la reina y a los príncipes de Asturias. Un título que, unido a la inviolabilidad del rey recogida en la Constitución, se extiende a buena parte de la familia real porque "era una disfunción que carecía de sentido" que no fuera así. Así se ha expresado hoy el titular de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, que ha incluido en la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobada hoy por el Consejo de Ministros la normativa por la que Sofía, Felipe y Letizia quedarán blindados y sólo podrán ser juzgados por el Tribunal Supremo. Los tres serán, a partir de ahora, aforados que gozan de inviolabilidad, aunque Gallardón asegura que no se trata de ningún "privilegio" No obstante, Gallardón no considera esta condición un "privilegio". "El aforamiento no es un privilegio en beneficio del aforado, sino un instrumento para aumentar la seguridad jurídica sobre ciertas personas que el legislador entiende que debe ser objeto de tutela por las funciones de Estado que desempeñan", se ha excusado el ministro. Incluso ha llegado a calificar tal título como "casi un perjuicio en algunos casos", en alusión a la ampliación -plasmada en la nueva ley- del recurso de casación. "Ahora -ha explicado Gallardón- cualquier ciudadano podrá recurrir al Supremo, excepto si es aforado", justificó. Preguntado sobre el por qué ha elegido este momento para blindar a la reina y a los príncipes, especialmente, cuando el Gobierno se ha negado en repetidas ocasiones a desarrollar una ley que regule todos los aspectos relacionados con la familia real, el ministro zanjó rápido la cuestión: "Porque es ahora cuando estamos regulando la Ley del Poder Judicial". Y, de nuevo, volvió a excusarse: "No tenía ningún sentido que un ministro sea aforado y el príncipe y la reina, no". "Es una disfunción que carecía de sentido", recalcó. Y concluyó: "Hay algunos aforamientos en la propia Constitución, otros en los Estatutos de Autonomía y otros que sólo pueden estar en la Ley Orgánica del Poder Judicial".
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