FACUA pide 24 años de cárcel y 20 millones de euros para los responsables de Afinsa
La asociación representa a más de mil afectados en el juicio en la Audiencia Nacional por el fraude en la venta de sellos
FACUA-Consumidores en Acción pide 24 años de cárcel y 20 millones de euros en concepto de responsabilidad civil para los autores del fraude de Afinsa. La asociación representa a más de mil afectados en el juicio que arranca este jueves en la Audiencia Nacional por esta estafa piramidal en inversiones filatélicas y en otros bienes tangibles llevada a cabo por la citada empresa, que operó entre 1980 y 2006.
El juicio contra los directivos de Afinsa tendrá lugar en la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional un año después de que en noviembre de 2014 el juez Santiago Pedraz terminase la instrucción, abierta desde 2006, y dictase el auto de procesamiento.
FACUA es una de las partes personadas como acusación particular. En su escrito de calificación, la asociación indica que "los consumidores afectados a los que FACUA representa han visto dilapidado su patrimonio con la pérdida de las cantidades dinerarias invertidas en Afinsa así como los intereses que supuestamente tal inversión debería haberles proporcionado". FACUA "considera probada la existencia de criterios razonables y objetivos que permiten dilucidar la existencia de daños patrimoniales (…) así como de daños morales o no patrimoniales ocasionados por la angustia e incomodidades" provocados por los delitos de los que se acusa a los directivos de Afinsa.
En concreto, FACUA solicita 24 años de cárcel para el presidente de Afinsa, Juan Antonio Cano Cuevas, y los directivos Albertino de Figueiredo Nascimento, Carlos de Figueiredo Escribá, Vicente Martín Peña, Emilio Ballester López, Joaquín José Abajo Quintana, Ramón Egurbide Urigoitia y Esteban Pérez Herrero. La asociación les acusa de los delitos de blanqueo de capitales, insolvencia punible, falseamiento de cuentas anuales y publicidad engañosa. Además de estos directivos, la asociación pide penas similares a otros responsables de la entidad.
En su escrito de calificación, la asociación hace especial hincapié en el delito de publicidad engañosa cometido por los responsables de Afinsa, tipificado en el artículo 282 del Código Penal, dado que los encausados comercializaron las inversiones filatélicas como un producto seguro, que produciría unas ganancias a los compradores, sabiendo que no era así y que, por tanto, estaban engañando a los consumidores.
En este sentido, el artículo 282 del Código Penal recoge que serán castigados con pena de prisión "los fabricantes o comerciantes que, en sus ofertas o publicidad de productos o servicios, hagan alegaciones falsas o manifiesten características inciertas sobre los mismos, de modo que puedan causar un perjuicio grave y manifiesto a los consumidores".
El juez Pedraz indicó en su auto de procesamiento, fechado el 22 de noviembre de 2014, que la actividad de Afinsa pudo ocasionar un perjuicio económico cuantificado en 1.928 millones de euros a través de la puesta en marcha de un negocio "ruinoso" e "inviable" creado mediante "una operativa piramidal". La compañía contaba en abril de 2006, momento en que se presentó la querella en su contra, con 190.022 clientes, y se encontraba "en una situación de absoluta insolvencia, conocida por los responsables que, además, se esforzaron en ocultarlo para mantener la continuidad y el fraudulento negocio".
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